La entrega de las declaraciones patrimoniales fue pospuesta por el IRS

Las declaraciones patrimoniales tuvieron entregas postergadas por el avance de la pandemia del coronavirus. Ingresos establecidos el 30 de junio como nueva fecha.

Fue publicado ayer, martes (7), por la Receita Federal, el adelanto del plazo para la entrega de la Declaración Final de Patrimonio y la Declaración de Salida Definitiva del País. El nuevo plazo se ha modificado al 30 de junio. La última fecha fue para el 30 de ese mes.

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El motivo de la prórroga es el avance de la pandemia del coronavirus en el país. Los cambios fueron publicados en la Instrucción Normativa RFB nº 1.934, de 2020, en una edición extra del Diario Oficial.Entrega das declarações de Espólio foram adiadas pela Receita

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“La medida se justifica por la dificultad derivada del aislamiento social provocado por el coronavirus. Se pretende proteger a la población evitando la aglomeración de contribuyentes en las unidades de servicio de Ingresos Federales. Así como empresas o instituciones financieras, en la búsqueda de informes de renta, y en despachos profesionales o en entidades que presten asistencia en el llenado de las declaraciones. De esta manera, buscamos contribuir con el esfuerzo del gobierno para reducir la propagación de la enfermedad”, dijo la Renta, en una nota.

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nuevo estándar

Con la nueva norma adoptada, la Declaración Final de Patrimonio deberá ser presentada a más tardar el 30 de junio de 2020. Y el impuesto respectivo deberá ser pagado a esa misma fecha, en los casos en que:

I - la decisión judicial de reparto, sobreparticipación o adjudicación de los bienes inventariados, ocurrida hasta el año natural 2019 y que se tornó firme e inapelable hasta el último día de febrero del año natural 2020;

II – la redacción de la escritura pública de inventario y repartición se realizó en el año natural de 2019; o

III - la decisión final e inapelable sobre la división, sobredivisión o adjudicación de bienes inventariados ocurrida entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre del año calendario 2019.

En el caso de la Declaración de Salida Definitiva del País, deberá presentarse antes del 30 de junio de 2020 y en la misma fecha deberá pagarse el impuesto respectivo. En los casos en que la persona física residente en Brasil haya salido del territorio nacional: en forma permanente durante el año calendario de 2019; o de manera temporal y completó 12 meses consecutivos de ausencia en 2019.

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