Con la nueva situación establecida en el país por la pandemia del coronavirus, se analizan medidas para evitar la aglomeración de sucursales bancarias.
Este lunes (23) el Banco Central de Brasil publicó en el Diario Oficial (DOU), una resolución que autoriza a todas las instituciones financieras a realizar cambios en sus servicios en sus sucursales bancarias. El cambio durará mientras dure la pandemia.
Los cambios fueron definidos el viernes pasado (19) en una reunión del Consejo Colegiado del Banco Central. Durarán mientras dure la pandemia.
Gobierno Federal analiza medidas para evitar aglomeraciones de personas en sucursales bancarias, en estos momentos en que la pandemia del coronavirus se expande por todo el país. Se está dando orientación a las empresas.
Entonces, ya es válido. Según el texto, la medida tiene como objetivo garantizar la prestación de servicios esenciales a la población.
“Una vez asegurada la prestación de los servicios esenciales a la población, las instituciones financieras y otras instituciones autorizadas para operar por el Banco Central de Brasil deberán ajustar los horarios de atención al público en sus locales mientras la situación de riesgo a la salud pública derivada de la nueva coronavirus (Covid-19)”, informa la resolución.
Cambios
Uno de los cambios definidos en la publicación de la resolución es la necesidad de que los bancos comuniquen a sus clientes todos los cambios en los horarios de apertura con al menos treinta días de antelación.
La directriz actual es que la comunicación se realice a través de canales con el cliente, como la aplicación y los sitios web. El Banco Central también determinó que las instituciones publiquen avisos de estos cambios en un lugar visible en sus sucursales.
Estos avisos deberán informar a los clientes sobre las limitaciones en el número de personas dentro de la agencia, así como al público que tiene acceso prioritario a estos espacios físicos de las instituciones.
Otra determinación publicada es que en el texto se trata de que las dependencias ya no tengan la obligación de cumplir con su horario mínimo de atención al público, que hasta entonces era de cinco horas diarias continuas.
También se elimina la necesidad de asistencia obligatoria en el período de 12:00 a 15:00.