Contribuyentes goianos pueden aprovechar Carnaval para adelantar declaración de Renta

Los contribuyentes pueden, desde el jueves 20, comenzar a registrar información para declarar el Impuesto a la Renta (IR) base 2019.

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La presentación de la declaración de IR solo se puede hacer el 2 de marzo, pero ya se puede descargar en la computadora o en celulares Android e IOS y archivar los documentos.

alrededor de un millón goianos rendir cuentas - 50.000 contribuyentes más que el número de declaraciones del año pasado.

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Contribuinte Goiano Pode Aproveitar O Carnaval Para Adiantar A Declaração Do IR 25 de fevreiro de 2020

 

El consultor contable, Cássius Pimenta, explica que la cumplimentación es sencilla, incluso en los dos modelos de tributación: simplificada o completa.

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“Al principio, se presentan lineamientos sobre estas formas de tributación y, al final, el contribuyente puede elegir la opción más favorable”, explica Cássio Pimenta.

“También es posible importar datos de la declaración realizada en 2019. Si ha sido rectificada, es necesario sustituir la información por las que están en el recibo del último rectificador en línea”.

¿Cuándo enviar la declaración?

El consultor aconseja al contribuyente que envíe la declaración al inicio del plazo para obtener otra ventaja, y así recibir antes la devolución del Impuesto a la Renta.

Por tanto, las personas mayores, las personas con enfermedades graves y los discapacitados físicos o psíquicos tienen prioridad en la cola de pago que comienza en mayo. “Quien no liquide las cuentas con Leão dentro del plazo deberá pagar una multa de al menos R$ 165,74. El monto máximo corresponde a 20% del impuesto adeudado”, señala.

Otra recomendación es verificar la ventaja de optar por la declaración simplificada, renunciando a todas las deducciones permitidas en la legislación fiscal, como gastos con educación y salud.

Por otro lado, explica Cássio Pimenta, se gana el derecho a una deducción de 20% del monto de la base imponible, limitada a R$ 16.754,34, la misma cantidad que el año pasado.

¿Quién debe declarar?

Aquellos que recibieron ingresos gravables por encima de R$ 28,559.70 en 2019 ciertamente deben declarar el IR este año, el monto es el mismo que el de la declaración de IR de los últimos dos años.

También deberá declarar los contribuyentes que percibieron rentas exentas, cuya suma fuere superior a R$ 40 mil el año pasado.

Quienes hayan obtenido, en cualquier mes de 2019, una ganancia de capital en la enajenación de bienes o derechos, o hayan realizado operaciones en bolsas de valores, materias primas, futuros y similares;

Quien tuvo, en 2019, ingresos brutos superiores a R$ 142.798,50 en actividad rural.

Así, hasta el 31 de diciembre de 2019, tenía posesión o propiedad de bienes o derechos, incluyendo terrenos baldíos, con un valor total superior a R$ 300 mil.

Sin embargo, que se convirtió en residente en Brasil en cualquier mes del último año y estaba en esta condición el 31 de diciembre de 2019.

Aunque se aplican aquellos que optaron por la exención del impuesto que grava el valor obtenido en la enajenación de inmuebles residenciales cuyo producto de la enajenación.

Siendo la adquisición de inmuebles residenciales ubicados en el país, dentro de un plazo de 180 días, contados a partir de la celebración del contrato de compraventa.

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